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Informe de Prensa Nº 149 Buenos Aires, 29 de diciembre de 2008
Por unanimidad, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso su competencia originaria e inició el trámite de proceso ordinario en la causa planteada por la Administración de Parques Nacionales, en su carácter de autoridad de aplicación de la ley nacional 22.351 en la que solicita una acción declarativa de certeza contra la provincia de Misiones, a fin de que se declare la inconstitucionalidad de la ley provincial 4467, promulgada en noviembre de 2008.
En dicha ley la mencionada provincia crea el “Parque Provincial Río Iguazú”, sobre un establecimiento de utilidad nacional, -el “Parque Nacional Iguazú”- sometido a jurisdicción del Estado Nacional.
Asimismo la parte actora solicita, como medida cautelar de no innovar, que se ordene la suspensión de los efectos de la mencionada ley provincial y de toda otra norma dictada en su consecuencia, así como también de todo acto administrativo en relación al sector argentino del Río Iguazú comprendido dentro del Parque Nacional Iguazú.
La Corte hizo lugar a la medida cautelar solicitada, hasta tanto se dicte sentencia definitiva.