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    Resolución de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal en causa FLP 10897/2020/CFC1

    La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, por el voto concordante de los jueces Mariano Hernán Borinsky –Presidente- y Gustavo M. Hornos reunidos de manera remota y mediante firma electrónica y digital (Acordadas CSJN, 11/2020, 12/2020, 13/2020, 16/2020 y 18/2020), resolvió rechazar un recurso de casación interpuesto por las personas alojadas en el pabellón C de la Unidad I del Complejo Penitenciario de Ezeiza. 
     
    Un gran número de detenidos por diversos delitos en el Complejo Penitenciario Federal de Ezeiza interpusieron una acción de habeas corpus. En ella, solicitaron la morigeración de sus detenciones en atención a la pandemia del Covid-19.
     
    Luego de que la defensa y el Fiscal presentaran sus escritos en forma digital en la audiencia fijada ante la Sala IV, los jueces Mariano Hernán Borinsky y Gustavo M. Hornos resolvieron rechazar la solicitud de detenciones domiciliarias formulada por el colectivo accionante.
     
    Para así decidir, los magistrados de la Sala IV señalaron que los pedidos de arresto domiciliario no constituyen de por sí una causal de habeas Corpus y que su análisis debe realizarse en los procesos y ante los jueces correspondientes. 
     
    A ello, los jueces agregaron que en el caso no quedó demostrado un agravamiento de las condiciones de detención más allá de las generalidades expuestas con respecto a la situación de la pandemia. 
     
    Sin perjuicio de ello, y en línea con la Recomendación VIII del Sistema Interinstitucional de Control de Cárceles, se encomendó a las autoridades del Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza que se dispongan todos los medios necesarios tendientes a dar cumplimiento y extremar las medidas de prevención, salud e higiene en los términos de la Acordada 3/20 de la Cámara Federal de Casación y la “Guía de actuación para la prevención y control del COVID-19” del Servicio Penitenciario Federal.
     
    La resolución fue dictada y firmada por medios electrónicos, ello con el objetivo de continuar garantizando la prestación del servicio de Justica y cumplir con el aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido por el Poder Ejecutivo Nacional.  
     
     
    Informe e imágenes: Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal

     

     

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