La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los doctores Daniel Antonio Petrone, Diego G. Barroetaveña y Angela E. Ledesma rechazó los recursos de casación interpuestos por las defensas de Enrique José Mathov, Rubén Jorge Santos, Norberto Edgardo Gaudiero y Raúl Roberto Andreozzi, contra la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 6 de esta ciudad que condenó a los nombrados por los delitos de homicidio y lesiones culposas.
Se trata de la condena dictada contra el Secretario de Seguridad al momento de los hechos, quien fue responsabilizado por las órdenes impartidas aquel día y por desentenderse de los medios que se utilizaron para llevarlas a cabo. También se confirmaron las condenas del ex Jefe de la Policía Federal Argentina, del ex titular de la Dirección General de Operaciones, y del titular de la Superintendencia de Seguridad Metropolitana, por la inadecuada implementación de tales órdenes y por la falta de control sobre el accionar del personal policial.
De otra parte, no se hizo lugar, por mayoría, a los recursos de casación interpuestos por las defensas de Carlos José López, Roberto Emilio Juárez y Ariel Gonzalo Firpo Castro, todos condenados por los delitos de homicidio y lesiones en agresión. Los tres miembros de la Policía Federal fueron encontrados responsables de haber efectuado disparos con tres escopetas hacia las personas que se encontraban aquel día en la plazoleta ubicada entre la calle Cerrito y la Av. 9 de Julio.
Por último, se rechazaron los recursos de casación interpuestos por las defensas de los ex policías Omar Alberto Bellante y Víctor Manuel Belloni contra la condenas dictadas a su respecto por los delitos de encubrimiento agravado y abuso de armas, respectivamente.
En la sentencia aludida, se anuló parcialmente la decisión solamente en cuanto a la individualización de las penas de determinados imputados -a saber, Mathov, Santos, Gaudiero, López y Belloni-, y se ordenó devolver las actuaciones al tribunal de origen para que resuelva nuevamente sobre las penas impuestas.
Finalmente, se revocó la prescripción de la acción penal en relación con el ex miembro de la policía Bernardo Guaita -quien participó en el operativo policial del 20 de diciembre de 2001-, ordenándose que se prosiga el trámite de las actuaciones, y se rechazaron los recursos de las partes acusadoras contra las absoluciones dictadas.
Informe: Sala I de la Cämara Federal de Casación Penal