La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por el doctor Mariano Hernán Borinsky como Presidente, y los doctores Javier Carbajo y Gustavo M. Hornos, como Vocales, dejó firme la sentencia de dicha Sala que confirmó la decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia que revocó el sobreseimiento dictado en primera instancia respecto del gendarme Emmanuel Echazú por considerarlo prematuro.
Al resolver el recurso extraordinario interpuesto por Sergio Maldonado, querellante, se puntualizó que la investigación se encuentra abierta, sujeta a la producción de diversas medidas de prueba que podrían ser útiles para esclarecer las circunstancias que rodearon la muerte de Santiago Maldonado y determinar, en su caso, eventuales responsabilidades penales.
No obstante, los doctores Borinsky y Carbajo concluyeron que la existencia de medidas de prueba pendientes impide que, de momento y en esta etapa procesal, progrese el recurso extraordinario que había sido interpuesto sólo por la querella de Sergio Maldonado (otras querellas y la defensa no impugnaron la decisión de la Sala IV).
Por su parte, el doctor Hornos decidió declarar admisible el recurso presentado por la querella de Sergio Maldonado, en la medida en que, revocado el sobreseimiento y reabierta la investigación, no corresponde descartar ninguna calificación legal –en el caso, la hipótesis de desaparición forzada–.
Informe: Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal