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La Sala V de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal no hizo lugar al dictado de una medida cautelar, para suspender la conformación del Directorio de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, ente creado por la nueva “ley de medios” (L. 26.522) como autoridad de aplicación de esa norma.
La causa se inició por una acción de amparo presentada por el diputado del PRO Federico Pinedo contra el Estado nacional, para que se declare la inconstitucionalidad del artículo 2º, inciso b), y 3º del decreto 1525/09, por resultar violatorios del artículo 14 de la ley 26.522.
Concretamente, Pinedo manifestó que el artículo 14 de la Ley de Medios exige que la conformación del Directorio se haga dentro de los dos años previos a la entrada en vigencia de la ley, prevista para el 10 de diciembre del 2011, y que el Congreso debía esperar hasta el 10 de diciembre del 2009 –por lo menos- para proponer a los miembros, situación que se había violado y de esta forma no se respetaba la nueva conformación del Congreso posterior al 10 de diciembre.
En tanto, el legislador pidió que, como medida cautelar, se suspenda la aplicación de esas normas cuestionadas, con respecto a las designaciones del Congreso antes de 10 de diciembre de 2009.
La jueza de primera instancia rechazó la cautelar solicitada aduciendo que el objeto de la misma coincidía con el fondo de la cuestión y que por la celeridad que de por sí tiene el proceso del amparo, no se verificaba el “perjuicio irreparable” de la futura sentencia.
Esa decisión fue apelada por Pinedo, quien insistió en que “la conformación de la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de Comunicación Audiovisual y la designación de las personas que integrarán la Autoridad Federal antes del 10 de diciembre de 2009 afectaría claramente la representación que tendrán los distintos bloques políticos, a los fines de definir la integración del Directorio de esa Autoridad Federal”.
La Cámara rechazó el recurso de apelación. Así, y en un fallo del 15 de diciembre último, los camaristas Jorge Federico Alemany, Pablo Gallegos Fedriani y Jorge Esteban Argento sostuvieron que “la integración de las comisiones parlamentarias pertenece al ámbito de atribuciones constitucionalmente reservadas a las Cámaras del Congreso Nacional”.
A su vez, resaltaron que “el artículo 18 de la Ley de Medios dispuso crear la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual con carácter de comisión permanente”, y que “la ley 26.522 no estableció un momento determinado para la conformación de la Comisión Bicameral”.