La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los doctores Mariano Hernán Borinsky y Javier Carbajo, resolvió no hacer lugar a la queja, por casación denegada, interpuesta por la defensa de Aguilera Maldonado, contra la resolución de la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza que confirmó la decisión de primera instancia que no hizo lugar al planteo de nulidad del auto mediante el cual se ordenó la intervención telefónica de dos abonados a nombre del imputado.
El imputado –jefe de la barra brava de Godoy Cruz- fue procesado por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por la intervención de tres o más personas en calidad de organizador en la provincia de Mendoza. Esta organización ingresaría al país marihuana y cocaína desde Paraguay pasando por la provincia de Mendoza, donde se comercializaría, para luego ser enviada a Chile.
Informe: Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal