El Tribunal Oral Criminal Federal de la ciudad de Bahía Blanca, ─de integración unipersonal por el Dr. Pablo Esteban Larriera─, condenó a Florinda MAMANI CRUZ a la pena de ocho (8) años de prisión e indemnización del daño causado a la víctima J.C.C. en la suma de pesos dieciocho mil ($18.000), por el delito de trata de personas agravado por el empleo de los medios comisivos y haberse consumado la finalidad de explotación, previsto y reprimido por el art. 145 ter inc. 1 y anteúltimo párrafo del CP.
En el caso, quedó demostrado en el debate el modo en que la mencionada con anterioridad al 26 de septiembre hasta el 31 de octubre del año 2014 inclusive, había trasladado a la víctima engañada (lugar residencias, tareas laborales, carga horaria y remuneración) desde Bolivia a la localidad de Carmen de Patagones, provincia de Buenos Aires, la recepcionó y acogió, aprovechándose de su estado de vulnerabilidad. Durante ese período la hizo trabajar en su casa y en su negocio por extensas jornadas laborales, no dejándola salir salvo para ciertas actividades relativas a sus tareas. Asimismo, se resolvió no aplicar la inhabilitación prevista en el art. 12 del Código Penal, ni hacer lugar al pedido de declaración de inconstitucionalidad del art. 26 del C.P., efectuado por la defensa.
Informe: Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca