Lo resolvió la Cámara Federal de Paraná. La obra social cuestionaba la decisión que había declarado abstracta la acción y había impuesto las costas a la parte demandada
La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, Entre Ríos, integrada por los jueces Cintia Graciela Gómez, Beatriz Estela Aranguren y Mateo José Busaniche, rechazó el pasado 14 de mayo el recurso de apelación promovido por una obra social contra la imposición de costas a su cargo en una causa en donde se requería la cobertura de audífonos para un menor.
El tribunal confirmó la imposición de costas a la parte demandada dispuesta por el Juzgado Federal n.° 2 de Concepción del Uruguay en el amparo promovido por la madre de un menor discapacitado, solicitando a la Obra Social del personal de la Construcción la cobertura de audífonos para ambos oídos, personalizados y con ventilación.
El juez de primera instancia había declarado abstracta la acción interpuesta puesto que ya había sido autorizada la prestación y hecho entrega del insumo solicitado.
Los jueces de Cámara, considerando que la actora, quien había requerido por primera vez la prestación en fecha 29 de noviembre de 2017, se vio forzada a recurrir a la instancia judicial para obtener la prestación a la que estaba obligada la demandada, O.S.P.E.C.O.N., cargó con las costas del proceso a la obra social.
Informe: Cámara Federal de Apelaciones de Paraná