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La jueza Sylvia Aramberri, titular del Juzgado Federal N° 2 de Rosario, declaró la inconstitucionalidad de una resolución del INCUCAI que establece que las Células Progenitoras Hematopoyéticas (CPH) estarán disponibles para su uso alogénico.
Así, la magistrada hizo lugar parcialmente a una acción de amparo presentada por un grupo de padres, en representación de sus hijos, y por una empresa dedicada a la prestación del servicio de crioconservación de muestras de células sanguíneas mononucleares con alto contenido de células madre obtenidas de la sangre fetal remanente en los vasos placentarios y el cordón umbilical.
Para la jueza, existe “un evidente exceso en el ejercicio de las facultades reglamentarias del INCUCAI, que atenta contra el principio de razonabilidad en cuanto habilita a la Autoridad de Aplicación a la disposición para uso alogénico de las CPH provenientes de la sangre de cordón umbilical y la placenta”.
“Si se autoriza al INCUCAI a disponer en beneficio de terceros y sin el consentimiento de sus titulares de las CPH… se estaría colocando el valor ‘solidaridad’ por encima de la ‘voluntariedad’, atentando contra las decisiones privadas, el propio plan o proyecto de vida que cada uno elige para sí, en desmedro del valor justicia”, añadió.
Según consta en la resolución, la magistrada dijo que la actividad privada en nada obstaculiza la colecta de “células madre” en bancos de naturaleza pública.
“La existencia de bancos públicos es compatible con la de centros privados, donde quienes deseen encuentran una segunda opción para depositar la sangre de cordón umbilical de sus hijos y puedan así elegir libremente entre una posibilidad u otra, máxime ante la escasa actividad del sector público que por razones de política económica y sanitaria desperdicia la colecta de miles de unidades”, aseguró.