Lo resolvió la Sala IV. En el caso se había ordenado el traslado de personas detenidas en el Escuadrón N° 50 de Posadas hacia otras unidades, por encontrarse acreditado el agravamiento de sus condiciones de detención
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por Mariano H. Borinsky, como presidente, Juan Carlos Gemignani y Gustavo M. Hornos, dictó sentencia en la causa caratulada "Mereles Almiron, Blas Ramón y otros s/ Habeas Corpus”.
En las instancias anteriores se había acreditado la situación de agravamiento de las condiciones de detención (art. 3, inc. 2° de la ley 23.098 y 43 de la C.N.) y, en consecuencia, se confirmó la orden judicial de traslado de las personas que estaban alojadas en el Escuadrón N° 50 de Posadas, provincia de Misiones, hacia dependencias del Servicio Penitenciario Federal próximas a dicha jurisdicción.
La Sala IV estableció que los traslados ordenados no excedieron las facultades de control judicial de la situación carcelaria (cfr. arts. 3 y 10 de la ley 24.660), máxime cuando la sobrepoblación en el aludido Escuadrón no se encontró controvertida por las partes.
Informe: Cámara Federal de Casación Penal.