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El Juzgado Federal Nº2 de San Juan, a cargo del juez Leopoldo Rago Gallo, dispuso como medida cautelar la suspensión de la aplicación de seis artículos de la ley 26.522, llamada de Servicios de Comunicación Audiovisual. Se trata de una medida provisoria, hasta que resuelva
un planteo de inconstitucionalidad.
Así, el juez hizo lugar a una presentación realizada por la empresa Jorge Estornell S.A y Otros, y suspendió la aplicación de los artículos 42, 43, 45, 46, 48 y 161, relacionados con las atribuciones otorgadas a la autoridad de aplicación de la norma.
En su fallo, el magistrado afirmó que se encuentran en riego de conflicto “derechos fundamentales como son, el derecho a la libre expresión, a los derechos adquiridos y a la inviolabilidad del derecho de propiedad, todos ellos de raigambre constitucional y amparados por los tratados de derecho internacional”.