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La Cámara Federal de Apelaciones de San Martín revocó el sobreseimiento de una persona a quien se le secuestró una planta de marihuana de más de dos metros de altura, decisión que había sido adoptada por un juez de primera instancia, que consideró se trataba de una situación de tenencia de estupefacientes para consumo personal.
En el caso se le había secuestrado al imputado una planta de marihuana de más de dos metros de altura, con un peso de 2,250 kilos, de la que pueden extraerse 642,86 dosis umbrales, y que éste admitió haber cultivado para consumo personal en su casa.
Para el tribunal, se trata de un supuesto “distinto” al tratado por la Corte Suprema en el caso “Arriola”, donde el Máximo Tribunal dijo que es inconstitucional castigar a un adulto por consumir si no pone en riesgo a terceros.
Agregó que existiría un alto grado de sospecha que, frente a los hechos investigados, “no cobran virtualidad las pautas de la escasa cantidad y demás circunstancias que permitan sugerir inequívocamente que la tenencia de la planta estupefaciente fuera para el uso personal”.
En tal razonamiento, según el tribunal, se trataría de la presunta comisión del delito previsto en el artículo 5°, inciso “a”, de la ley 23.737, que castiga a quien, sin autorización o con destino ilegítimo, siembre o cultive plantas o guarde semillas utilizables para producir estupefacientes, o materias primas, o elementos destinados a su producción o fabricación.
Según el tribunal, la decisión sobreseer al imputado del juez de primera instancia es “prematura” y ordenó seguir investigando el caso.