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La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió —en el expediente A.293.XLIV— desestimar la queja por el recurso extraordinario federal denegado, que había sido interpuesta por la defensa de Francisco Javier Colomina Pérez del Río, representante de “Iberia Líneas Aéreas de España S.A.”, contra el fallo del juzgado federal Nº 2 y dispuso revocar su sobreseimiento provisional.
Ello sucedió en el marco de la causa en la que se investigan hechos vinculados con el proceso de licitación y privatización de “Aerolíneas Argentinas Sociedad del Estado” y con posterioridad a ello, durante la gestión llevada a cabo por el grupo adjudicatario que se hizo cargo de la empresa.
Para decidir de esa manera los ministros Lorenzetti, Petracchi, Maqueda y Zaffaroni consideraron que el recurso extraordinario cuya denegación había originado sus intervenciones no se dirigía contra la sentencia dictada por el tribunal superior, según el artículo 14 de la ley 48. Por su parte, la ministro Highton de Nolasco entendió que la pretensión era inadmisible (artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).