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La Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó un fallo de primera instancia que condenó a una empresa a pagar una indemnización a una mujer que fue intervenida quirúrgicamente en 1996 a fin de colocarle un par de prótesis mamarias, y dos años después, una de ellas sufrió una deflación.
Así, el tribunal, integrado por los jueces Mauricio Mizrahi, Gerónimo Sansó y Claudio Ramos Feijoo, rechazó un recurso de apelación presentado por la defensa de la firma y dispuso el pago de 26.363 pesos más los intereses que, según afirmó, “se calcularán, desde el día del hecho y hasta el momento del efectivo pago”.
En su fallo, los camaristas sostuvieron que “al no quedar determinado cuál fue la causa que provocó la deflación, tal circunstancia no puede sino gravitar en contra de la emplazada quien -tal como se precisó- estaba obligada a destruir la presunción de causalidad que la responsabilidad objetiva le atribuye”.
Además, agregaron que “no habiendo comprobado M.S.A. alguna de las eximentes de responsabilidad invocadas al contestar el escrito inaugural, ni tampoco la culpa de la víctima o… la ajenidad del daño, no ha de quedar otra alternativa que…se confirme la sentencia de primera instancia en lo que a la atribución de responsabilidad se refiere”.