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    Lecciones de redacción: signos de puntuación III

    En el documento adjunto encontrará la tercera lección sobre signos de puntuación del módulo 4 de redacción para magistrados y funcionarios judiciales. El envío de la lección por correo electrónico se realiza todos los viernes

    Lecciones de redacción para magistrados y funcionarios judiciales


    Lección Nº 11
    (Módulo Nº 4: signos de puntuación)

    En esta lección continuaremos con el análisis del uso de la coma y del punto y coma.


    Usos incorrectos de la coma

    a) No debe colocarse coma entre el sujeto y el verbo ni entre el verbo y su objeto directo u otro complemento.

    La última resolución elaborada por los magistrados, entró en vigencia. (Incorrecto)
    La última resolución elaborada por los magistrados entró en vigencia. (Correcto)

    Tampoco se coloca coma cuando el sujeto es una proposición sustantiva.

    Quienes pedían el resarcimiento, no efectuaron el reclamo en término. (Incorrecto)
    Quienes pedían el resarcimiento no efectuaron el reclamo en término. (Correcto)

    Pero hay una excepción. Es necesario colocar coma cuando el sujeto y el verbo o el verbo y el complemento se encuentran separados por una palabra o frase incidental.

    La última resolución elaborada por los magistrados, que todos consideran muy renovadora, entró en vigencia.

    b) No se escribe coma detrás de pero cuando precede a una oración interrogativa o exclamativa.

    Pero ¿quién puso las copas en este mueble?


    Punto y coma

    El punto y coma permite separar proposiciones yuxtapuestas de cierta extensión y relacionadas entre sí por el sentido. Se escribe pegado a la palabra o al signo que lo precede, y separado por un espacio de la palabra o el signo que lo sigue. Indica una pausa mayor que la marcada por la coma y menor que la señalada por el punto. En muchos casos también se podría colocar punto y seguido en su lugar. En general, la elección del punto y coma o del punto seguido depende del vínculo semántico que exista entre las proposiciones. Si el vínculo es débil, es preferible usar punto y seguido; en cambio, si es fuerte, es conveniente utilizar punto y coma. En consecuencia, su empleo presenta un alto grado de subjetividad y muchas veces la norma se subordina a una decisión estilística individual.


    Usos del punto y coma

    Se utiliza punto y coma:

    a) Para separar los miembros de una enumeración cuando se trata de construcciones complejas que ya incluyen comas. 
    El primero de ellos comprende a las personas que habitan en el asentamiento al que denominan "Villa Inflamable", situado en Dock Sud, partido de Avellaneda; y el segundo, a los que individualizan como los vecinos afectados que poseerían en común la característica de desempeñarse como profesionales.

    b) Para separar oraciones sintácticamente independientes entre las que existe una estrecha relación semántica.

    Está todo cubierto; sólo podemos esperar.

    En general, en estos casos se podría utilizar el punto y seguido. La elección de uno u otro signo depende de la vinculación semántica que quien escribe considera que existe entre los enunciados.

    c) En períodos de cierta longitud, delante de las conjunciones y locuciones: pero, mas, aunque, sin embargo, por lo tanto, no obstante, por consiguiente, en cambio, en fin, etc. Se utiliza cuando estas palabras encabezan proposiciones en las que se indican aspectos diferentes de una misma idea o un hecho y su consecuencia.

    Es cierto que la ley citada no contiene un articulado especial relacionado con el tema que nos ocupa, es decir, la precaución que se debe tener al efectuar una maniobra opuesta la circulación normal del tránsito; pero la misma, de todos modos, se encuentra implícita en las disposiciones que reglamentan el cuidado que impone la conducción de un vehículo.

    Pero si el período es corto, también es posible utilizar la coma. En cambio, si el período es muy largo, es preferible colocar punto y seguido.

    d) Se pone punto y coma detrás de cada uno de los elementos de una lista o relación cuando se escriben en líneas independientes y se inician con minúscula, salvo detrás del último, que se cierra con punto.

    El requerimiento efectuado puede ser sintetizado en:
     a) la creación de un fondo público, que tenga por fin en su momento reparar el daño ocasionado a las víctimas, y que durante la sustanciación del proceso permita llevar adelante acciones que busquen modificar la situación denunciada;
    b) el pedido al Poder Ejecutivo Nacional de que reanude y continúe hasta su finalización el Plan de Gestión Ambiental de Manejo de la cuenca hídrica Matanza - Riachuelo;
    c) la implementación de medidas en orden a la inmediata atención de la salud de la población ribereña de la cuenca.


    Próxima lección:

    En el siguiente email examinaremos el uso de los dos puntos.


    Para tener en cuenta: 

    (En esta sección planteamos algunos errores o dudas frecuentes en el uso de ciertos términos)

    ¿La ley estipula o dispone? Dispone

    Estipular significa contratar, convenir, concertar, acordar con otro, pero no ordenar ni mandar. Por eso, las partes o los contratantes estipulan. Pero la ley no estipula, sino que ordena, manda, dispone.

    ¿El ilícito o el hecho ilícito

    En principio, la palabra ilícito no es un sustantivo, sino un adjetivo, por lo que la expresión correcta es el hecho ilícito, y no el ilícito. Sin embargo, este uso del término está muy extendido en diferentes registros. El diccionario de la RAE admite la acepción de ilícito como sustantivo sinónimo de delito.


    Referencias bibliográficas:

    AA.VV., Talleres de lectura y escritura. Textos y actividades. (Semiología), Buenos Aires, Eudeba, 1998. 

    Belluscio, Augusto C., Técnica jurídica para la redacción de escritos y sentencias, Buenos Aires, La Ley, 2006.

    García Negroni, María Marta, Laura Pérgola y Mirta Stern, El arte de escribir bien en español. Manual de corrección de estilo, Buenos Aires, Santiago Arcos, 2004.

    Hall, Beatriz, Ricardo Santoni y Mirta Stern, Comunicación verbal y escrita. Introducción a la expresión oral y escrita. Aspectos gramaticales, textuales y discursivos del discurso académico, Buenos Aires, L.E.U.K.A., 2000.

    Labrada, Pelayo Ariel, “III.- Los errores más comunes”, en Terminología Forense, http://www.terminologiaforense.com.ar/princip.htm.

    Podlubne, Judith, Expresión escrita (con particular referencia a la redacción de sentencias judiciales), Carrera de Posgrado de Especialización para la Magistratura. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales del Rosario. Pontificia Universidad Católica Argentina.

    Real Academia Española, Diccionario Panhispánico de Dudas, Madrid, Espasa-Calpe, 2005.


    Consultas:

    Si quiere realizar consultas o desea hacer sugerencias, puede enviar un mensaje a la dirección de correo: sgaldos@csjn.gov.ar.


    Recomendación:

    Cuando tenga dudas de orden gramatical o necesite información sobre el uso de alguna palabra o expresión, le recomendamos consultar en Internet el Diccionario panhispánico de dudas. Se encuentra disponible en la siguiente Página Web: http://buscon.rae.es/dpdI.


    Responsable Lecciones de redacción
    Sebastián Galdós (Licenciado en Letras - UBA)
    sgaldos@csjn.gov.ar
    Centro de Información Judicial
    Corte Suprema de Justicia de la Nación
    Tel. (54) 11 4370-4600 int. 4576
    Talcahuano 550
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