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Con el objeto de clarificar las versiones que circularon en las últimas horas referidas al contagio de tuberculosis y que afectarían a personas privadas de la libertad, el Sistema de Control de Cárceles solicitó que se informe sobre la existencia de un plan de prevención y vacunación contra la tuberculosis y otras enfermedades en la cárcel.
Asimismo se requirieron informes acerca de la cantidad de personas alojadas en el ámbito del Servicio Penitenciario Federal que padezcan tuberculosis, distinguiendo por unidad penitenciaria y cuál es el tratamiento que se les brinda.
En el contexto de la IV Recomendación emitida por el Sistema sobre “Derecho a la salud. Acceso efectivo a la prestación de servicios de asistencia médica de las personas privadas de libertad"; se reiteró la importancia de que se efectúe de manera completa exámenes médicos y clínicos de laboratorio al ingreso y se haga efectivo el cumplimiento de lo dispuesto en el Plan estratégico de salud integral en el Servicio Penitenciario Federal.
El documento firmado el 27 de octubre de 2014 recomienda al Ministro de Justicia y Derechos Humanos, al Ministro de Salud y a la Ministra de Desarrollo Social, lo imperioso de generar dispositivos institucionales de atención que garanticen el acceso a la salud de las personas detenidas.
También se tuvo en cuenta la perspectiva igualitaria de género, respecto de la necesidad de cubrir la problemática específica de la salud de la mujer y de los niños alojados en unidades con sus madres.
Se analiza la problemática relativa a las personas con consumo problemático de estupefacientes y se prevé la accesibilidad a la prevención y tratamiento específico e integral de enfermedades infectocontagiosas y a la correspondiente a otros colectivos diversos dentro de las cárceles.
Además en la Recomendación IV/2014, se advierte que el acceso por parte de las personas privadas de su libertad a todos los insumos que aseguren la prevención de las enfermedades infectocontagiosas frecuentes en el encierro, resulta seriamente limitado.
Teniendo en cuenta que la prevalencia tanto de estas enfermedades (en particular VHI/Sida y tuberculosis) es mayor en el contexto de encierro que en el medio libre, es importante considerar todos los factores que hacen a la accesibilidad de las personas detenidas a la información, a los insumos de prevención y tratamiento específico e integral por su alto grado de vulnerabilidad, con mayor presencia y organización que en el medio libre.
De este modo, el Sistema Interinstitucional de Control de Cárceles reafirma su compromiso con el derecho a la salud de las personas privadas de su libertad.
Informe e imágenes: Sistema Interinstitucional de Control de Cárceles