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La Corte Suprema de Justicia declaró inadmisible un recurso de queja presentado por María Julia Alsogaray, contra la sentencia que no había hecho lugar a la recusación de los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 6 de la Capital Federal, en una causa que se le sigue a la ex funcionaria por la presunta comisión del delito de negociaciones incompatibles con la función pública.
El Máximo Tribunal (con el voto de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni) consideró que el recurso extraordinario deducido “in forma pauperis” por Alsogaray y acompañado por la defensa oficial, que había dado lugar a la presente queja, no estaba dirigido contra una sentencia definitiva o equiparable a tal.
En tanto, la jueza Carmen Argibay, en voto concurrente, desestimó la vía de hecho, por aplicación del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
De ese modo, quedó en pie el pronunciamiento de la Sala IV de la Cámara Nacional de Casación Penal que -por mayoría- no había admitido la recusación de los integrantes del TOF 6, jueces Julio Panelo, María del Carmen Roqueta y José Martínez Sobrino, en la causa que se sigue por la presunta comisión del delito de negociaciones incompatibles con la función pública durante la gestión de María Julia Alsogaray al frente de la ex Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humano de la Nación.