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La jueza Rosa Vila, titular del Juzgado Nacional en lo Civil Nº 89, rechazó este miércoles el dictado de una medida cautelar, por la que se pretendía que Daniel Passarella no asuma como presidente del Club Atlético River Plate,
En la causa, el titular del Frente Con River toda la vida, Rodolfo D’Onofrio, había solicitado como medida preventiva la suspensión de la asunción del presidente electo según el escrutinio del pasado 6 de diciembre, en las elecciones de autoridades de aquella institución.
Para la magistrada, el órgano natural de intervención es la Inspección General de Justicia (IGJ). “De las reglas que rigen el funcionamiento de las asociaciones civiles –tal es el caso del Club Atlético River Plate- se advierte que la Inspección General de Justicia es el principal controlador externo establecido por las normas legales”, señaló.
Y agregó que la IGJ tiene la función de “considerar, investigar y resolver las denuncias de los asociados o de terceros de interés legítimo”, y que las resoluciones de ese organismo serán apelables ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal.
“Como se advierte las normas legales que rigen el caso sólo prevén la intervención judicial por vía de la Cámara de Apelaciones en lo Civil. En este sentido el pedido que se realiza ante este Juzgado Civil de Primera Instancia es absolutamente improponible, toda vez que no media potestad jurisdiccional de la suscripta para intervenir”, aclaró.