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Los jueces Mariano Hernán Borinsky y Gustavo M. Hornos, ambos en forma unipersonal, resolvieron declarar competente al Juzgado Federal Nº 2 de Neuquén para entender en causas en las que se investiga el delito de no concurrencia a cumplir con funciones electores sin motivo justificado, reprimido con un máximo de pena de dos años de prisión.
Para así decidir, los magistrados interpretaron que la nueva Ley Nº 27.307 que instauró los juicios unipersonales para el fuero federal y penal económico, tuvo la intención de conservar en la figura del juez federal la competencia correccional respecto del juzgamiento en instancia única de los delitos que estén reprimidos con pena no privativa de la libertad o privativa de la libertad cuyo máximo no exceda de tres (3) años.
Informe: Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal