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    Ratifican procesamiento de Víctor Alderete por defraudación

    La Cámara Federal porteña confirmó una resolución que procesó al ex titular del PAMI por nuevos cargos. En la causa se investigan irregularidades en pagos a acreedores de la obra social de jubilados y pensionados. Fallo completo

    La Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal confirmó un fallo que amplió el procesamiento del ex titular del PAMI Víctor Alderete, por el delito de defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública.

    La causa se inició por una denuncia realizada ante la Oficina Anticorrupción, en el año 2004, dando cuenta de irregularidades en pagos efectuados por el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (Inssjp), conocido como PAMI, en violación de un procedimiento especial para la cancelación de deudas de esa dependencia.

    Según el tribunal, “existen suficientes elementos para afirmar que los pagos en cuestión se efectivizaron mediante un sistema que estuvo destinado a beneficiar a algunos de los acreedores del INSSJP y resultó perjudicial para los intereses confiados a Alderete al frente del organismo”.

    Al ex funcionario se le imputa haber utilizado fondos propios del ente estatal para cancelar deudas contrariando las disposiciones legales vigentes y la regulación que, por tales normas, se habían fijado para resguardar la transparencia de las operaciones.

    En concreto, se investigan convenios de pago entre el PAMI y un grupo de acreedores sin dar previa intervención a la Gerencia de Asuntos Jurídicos, a la Auditoría Interna ni a la Sindicatura General de la Nación, organismo que debía supervisar el procedimiento del pago de esas deudas. Tampoco surge que se haya elevado a consideración del Directorio.

    “Se advierte que Alderete no estaba facultado a pagar esas deudas, sino sólo a su reconocimiento y negociación… y que con su proceder no cumplió con los procedimientos establecidos para la cancelación de los pasivos, obligando, de este modo, abusivamente al organismo que él presidía, con el consecuente perjuicio patrimonial que, en razón de su cargo, debió resguardar”, señaló la cámara.

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