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La Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal confirmó el procesamiento de una persona por tenencia de estupefaciente para consumo personal, luego de ser encontrado fumando marihuana en la vía pública.
Para los jueces Horacio Cattani y Martín Irurzun, la tenencia de drogas que se imputa en el caso “configuró una situación representativa de ese riesgo a la salud pública, en tanto fue observado por el personal policial mientras fumaba, a media tarde y en la vía pública, un cigarrillo de armado casero del cual provenía, según el preventor, ‘el típico olor a maihuana’, luego de lo cual se incautaron en su poder dos trozos del mimos material estupefaciente”.
Los magistrados aseguraron que, para determinar la existencia de delito ante este tipo de circunstancias, “se debe atender al contexto en que se verificó la tenencia de droga destinada al uso personal”.
En esa línea, señalaron pronunciamientos anteriores en los cuales los hechos investigados no están amparados por el artículo 19 de la Constitución Nacional, “por ejemplo cuando los poseedores de las sustancias son sorprendidos por el personal preventor consumiendo en espacios públicos”.
Y agregaron que examinando las consideraciones de la Corte en el caso “Arriola”, de agosto último, “entendimos que las pautas tenidas en cuenta por la jurisprudencia del Alto Tribunal para discernir en cada caso si la actividad puede o no considerarse resguardada por la esfera de la intimidad preservada por nuestra Carta Magna –entre las que se halla la posible afectación a la salud pública en atención al lugar donde se desarrolla la conducta- han sido las mismas que las que hemos valorado en los precedentes de esta Sala”.