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El juez Gustavo M. Hornos, resolvió en forma unipersonal, rechazar una queja de la defensa de Lázaro Báez, mediante la cual pretendía se aparte al fiscal Abel Córdoba por alegar que pertenece a Justicia Legítima y sería muy cercano al Kirchnerismo.
El recurso de queja fue presentado contra una decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 4 de esta ciudad que había rechazado un recurso de casación interpuesto por la defensa de Báez contra una decisión de ese mismo tribunal que no hizo lugar a la recusación del fiscal de juicio Abel Córdoba.
En la causa se investiga a Lázaro Báez por el delito de lavado de activos, con relación a la realización de maniobras a través de la financiera SGI, con el fin de sacar del país sumas millonarias en dólares con facturación apócrifa simulando gastos en los contratos de obra pública con el Estado Nacional, y su posterior reintroducción al sistema financiero nacional.
El juez Hornos en la resolución dijo: “El Fiscal es parte en el proceso, aunque una parte revestida de cierta ecuanimidad que debe obrar conforme la Constitución y las leyes que reglamentan su función –rigen su actuación los principios de unidad y jerarquía propios del Ministerio Público Fiscal- de promoción de la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad (art. 120 C.N. y ley 27.148).
El recusante, en el presente caso, no demuestra fundadamente de que modo se ve afectada la objetividad del representante del Ministerio Público Fiscal, ni su deber de requerir la aplicación justa de la ley, procurando el resguardo equilibrado de todos los valores y principios jurídicos vigentes y el ejercicio racional y ponderado del poder penal del Estado. Así como tampoco, comprueba un concreto agravio de imposible reparación ulterior relacionado con la intervención del señor Fiscal General, Abel Córdoba, a fin de habilitar la intervención de esta alzada (Fallos 328:1108).”
Informe: Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal