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La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Gustavo M. Hornos (como presidente), Carlos Alberto Mahiques y Ana María Figueroa, resolvió hacer lugar al recurso de casación articulado por el Ministerio Público Fiscal y al recurso de casación interpuesto por la Procuración Penitenciaria de la Nación (parte querellante), anular la resolución que había ordenado absolver a Walter Elvio Ceballos, Adrián Eduardo Bazán y Nicolás Alexis Murúa del delito de apremios ilegales previsto y penado por el art. 144 bis inc. 3º del C.P., y remitir las actuaciones para que el tribunal con una nueva integración que asegure la garantía de imparcialidad, sustancie un nuevo juicio.
En el fallo recurrido, se había dispuesto la absolución de los imputados por el hecho acaecido el 4 de noviembre de 2011 en el Complejo Penitenciario nº 1 del Servicio Penitenciario de la provincia de Córdoba, oportunidad en la cual, según el representante Fiscal y la querella, se habría sometido a dos internos a una brutal golpiza que incluyó golpes de puño, con palos y patadas en diversas partes de sus cuerpos, luego fueron trasladados a una enfermería y sujetados con cadenas en las manos y pies durante varias horas.
Los jueces del máximo tribunal penal del país consideró de conformidad con lo postulado por el Ministerio Público Fiscal y la querella, que la sentencia que absolvió a los penitenciarios presentaba serios defectos de fundamentación. La Cámara concluyó que la absolución por duda dictada por el a quo se sustentó en una valoración parcializada de la prueba reunida en autos, y sobre esa base, aplicó erróneamente el principio del in dubio pro reo.