CENTRO DE INFORMACIÓN JUDICIAL AHORA EN TELEGRAM
SUSCRIBITE A NUESTRO CANAL Y RECIBÍ LAS ÚLTIMAS NOTICIAS
CENTRO DE INFORMACIÓN JUDICIAL AHORA EN TELEGRAM
SUSCRIBITE A NUESTRO CANAL Y RECIBÍ LAS ÚLTIMAS NOTICIAS
La Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal confirmó una resolución que amplió el procesamiento de Víctor Alderete, por irregularidades durante su gestión al frente del Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (Inssjp), conocido como PAMI.
En este caso se investiga el pago de sobreprecios a empresas privadas por el servicio de traslado aéreo sanitario. Por ese hecho también fue procesado Aldo Ferrante, quien fue gerente de Atención a la Salud y de la cual dependía la Unidad de Traslado por Razones de Salud, repartición creada durante la gestión de Alderete y desde donde se administraba la prestación de ese servicio.
Según el tribunal, antes de que Alderete se hiciera cargo de la dirección del PAMI, desde las divisiones Interior Médica y Social, se organizaban los traslados de los beneficiarios del interior del país hacia la Ciudad de Buenos Aires para los casos en que no hubiera prestadores en condiciones de brindar el servicio como consecuencia de la complejidad del tratamiento.
Agregó que usualmente esos traslados se realizaban a través de servicios terrestres (micros o ambulancias) y en casos “muy excepcionales” por vía aérea.
En mayo de 1997, Alderete unificó esas dos divisiones y creó la Unidad de Traslado por Razones de Salud, quien se iba a encargar desde entonces de aprobar la derivación de los afiliados, agregándose luego a sus funciones la autorización de la ampliación y renovación de cobertura para los beneficiarios.
Para los camaristas Horacio Cattani y Eduardo Farah, a partir de la creación de la Unidad de Traslado “se produjo un notable incremento de los vuelos sanitarios, muchos de los cuales se abonaron a precios muy superiores a los del mercado y otros sin la debida demostración de urgencia que justificara el traslado por esa vía”.
Al respecto, indicaron que con anterioridad a la creación de esa unidad se realizaron sólo dos vuelos sanitarios y con un costo de poco más de $7.500. “Pero con la implementación de este nuevo mecanismo, se tornó habitual la contratación de vuelos privados para el traslado de los beneficiarios, abonándose por sus servicios cifras mucho más elevadas a las que debieron erogarse”, agregaron.
Incluso, resaltaron que se dispusieron traslados aéreos de personas que no habían requerido su movilización por ese medio.
El sistema creado por Alderete “permitió un perjuicio a los intereses del mencionado organismo que abonó con fondos públicos esos sobreprecios, en contraposición con los deberes que como administrador del ente estatal tenía a su cargo y debió preservar”, remarcaron los magistrados.
“Existen distintos elementos que avalan la conclusión del Sr. Juez de Grado de que Alderete, en su carácter de Presidente del INSSJP, defraudó los intereses confiados, conduciendo a que el ente se perjudicara patrimonialmente mediante la contratación innecesaria o sobrevaluada de servicios aéreos sanitarios”, aseguraron.