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    La Cámara Federal de Casación resolvió competencia y pidió celeridad en juicios por corrupción y lavado de activos

    La Sala IV decidió que el TOF 2 sea el que juzgue la causa de “Vialidad”, en la que se encuentra imputada Cristina Fernández de Kirchner, y que el TOF 4 encabece el proceso contra Lázaro Báez y otros imputados por lavado de dinero

    La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Mariano Hernán Borinsky (presidente), Gustavo M. Hornos y Ana María Figueroa, dictó sentencia en el marco del conflicto negativo de competencia suscitado entre el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 y el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 4 de la Capital.

    El conflicto se suscitó cuando el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 (sorteado para juzgar la causa contra Cristina Kirchner, acusada de direccionar los fondos de las obras de vialidad en Santa Cruz en favor de la empresa de Lázaro Báez, Grupo Austral) declaró la conexidad de dicho expediente con la causa del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 4 (desinsaculado luego de que la Corte Suprema de Justicia suscriba la Acordad 4/2018, para llevar a cabo el juicio oral y público en  la causa en la cual se lo investiga a Lázaro Báez por el delito de lavado de activos, conocida como “ruta del dinero k”) y remitió su causas a esa última sede.

    El TOF 2 consideró que existe conexidad entre los expedientes ya que en ambas causas se encuentra imputado Báez y se investiga una asociación ilícita entre ex funcionarios públicos de distintas agencias estatales y empresarios de su confianza, sostenida ininterrumpidamente a lo largo de más de 12 años, destinada a apoderarse ilegítimamente de millonarios fondos públicos, según la hipótesis del requerimiento de elevación a juicio.

    En tal contexto, el TOF 2 remitió las actuaciones al TOF 4 por entender que tenía la causa por el delito más grave (lavado de activos). Por su parte, el TOF 4 aceptó la existencia de conexidad, pero sin pronunciarse en orden a qué tribunal tenía el delito más grave, declinó la competencia por considerar que las causas debían juzgarse separadamente debido a su complejidad, a fin de evitar el riesgo de pasar años sin una sentencia firme.

    Acotado el conflicto a decidir si las causas debían juzgarse en forma separada o conjuntamente en el TOF 4, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, coincidió con la interpretación del fiscal Raúl Pleé en cuanto a que la opción más conveniente para una mejor y más pronta administración de justicia, es realizar juicios separados para lograr en ambos casos celeridad en los juicios orales y públicos contra los acusados.

    Informe: Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal

     

     

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