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La Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal, con la firma de los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah, resolvió este miércoles un recurso presentado por la Unidad de Información Financiera en el que cuestionaba la validez de la resolución del juez Casanello que no hizo lugar al pedido de indagatorias a Cristina Fernández, Julio De Vido, José López, Nelson Periotti, Carlos Santiago Kirchner y Jorge Ernesto Bringas en la causa en la que investiga a Lázaro Báez y a su entorno por lavado de dinero, porque el pedido no describía conductas ni pruebas y también porque el delito de asociación ilícita ya está siendo investigado por el juez Ercolini.
La Cámara señaló que la pretensión de imputación del querellante no es nueva pero que en atención a que ni el juez ni el fiscal desarrollaron una investigación previa, el pedido de indagatorias no podía respaldarse en ninguna prueba de la causa.
Y enfatizó que no puede aceptarse que sea solo Lázaro Báez y su entorno particular sobre quienes se cargue la responsabilidad del inusitado capital ilícito y su circulación, desatendiendo la necesidad de realizar una investigación completa que abarque a los restantes integrantes de esa asociación ilícita. Porque es altamente improbable que esas ganancias ilícitas pertenezcan exclusivamente al patrimonio de la familia Báez y las hipótesis pesquisadas en las causas conocidas como la denuncia original por el delito de “asociación ilícita” promovida por la diputada Elisa Carrió, la denuncia de “Vialidad Nacional”, “Los Sauces” y “Hotesur”, respectivamente, claramente así lo indican.
Por ello, recomendó que es momento que el juez Casanello y el fiscal Marijuan encaminen la encuesta –también con la necesaria colaboración efectiva de la Unidad de Información Financiera, la Oficina Anticorrupción y la Administración Federal de Ingresos Públicos- de manera que la respuesta al pedido de indagatoria fluya de la causa y no que, como en esta ocasión, derive de la omisión y por no haber sido investigado. Y esa investigación debe comenzar partiendo de relacionar las pruebas recogidas en una y otra causa de manera de integrar esta pesquisa a las otras que, como se dijo, se encuentran íntimamente vinculadas, de suerte tal que aun cuando por su magnitud deban transitar esta etapa por separado confluyan a la conformación de un gran debate que permita dilucidar los cuantiosos hechos de corrupción involucrados.