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La Sala I de la Cámara en lo Criminal y Correccional Federal confirmó el procesamiento por tenencia simple de estupefacientes de una persona a quien, durante un operativo policial, se le secuestraron 4,71 gramos de cocaína, que estaban distribuidos en 30 envoltorios.
El tribunal rechazó un recurso de apelación presentado por la defensa, por el que pidió se encuadre la conducta imputada en la figura de tenencia de consumo de estupefacientes para consumo personal, se declare la inconstitucionalidad de la norma que castiga esa figura y, en consecuencia, se decrete el sobreseimiento de su asistido.
Para los camaristas Jorge Ballestero, Eduardo Freiler y Eduardo Farah, conforme a la prueba recolectada “a esta altura del proceso no se puede sostener que la tenencia del material estupefaciente tuviera inequívocamente como destino el consumo personal”.
Ello, “sin perjuicio de la calificación que en definitiva pueda corresponder en la etapa oral donde se desarrollará el debate y la confrontación con amplitud”, aseguraron.
La causa se inició el 21 de julio de 2007, a las 0.50, cuando personal de la Comisaría 40ª de la Policía Federal Argentina observó a dos personas que se hallaban en la parada del colectivo de la línea 88 desde hacía casi una hora. Ante dicha circunstancia, los agentes procedieron a identificar a los masculinos, notando cierto nerviosismo en ellos, motivo por el cual se los palpó de armas, advirtiendo que uno de ellos poseía un bulto en la manga de la campera. Así es que el personal policial procedió al secuestro de una bolsa de nylon conteniendo 30 envoltorios del mismo material, los cuales contenían 4,71 gramos de clorhidrato de cocaína, y al segundo se le secuestraron 343 pesos.