CENTRO DE INFORMACIÓN JUDICIAL AHORA EN TELEGRAM
SUSCRIBITE A NUESTRO CANAL Y RECIBÍ LAS ÚLTIMAS NOTICIAS
CENTRO DE INFORMACIÓN JUDICIAL AHORA EN TELEGRAM
SUSCRIBITE A NUESTRO CANAL Y RECIBÍ LAS ÚLTIMAS NOTICIAS
La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Ana María Figueroa, Mariano Hernán Borinsky y Gustavo M. Hornos, en la causa caratulada “Devoto, Julio Andrés por infracción ley 26364” confirmó la condena a tres años y seis meses de prisión y a dos años de prisión condicional, por los delitos de trata de personas mayores de dieciocho años con fines de explotación sexual por haberse aprovechado de una situación de vulnerabilidad y por haber sostenido una casa para la explotación sexual.
Durante el trámite en casación se analizó el concepto de vulnerabilidad y se concluyó en que la adicción que sufría la víctima era utilizada por los autores para vencer su voluntad y así ser explotada, como así también la relación entre los delitos previstos en la ley de trata de personas y en la ley 12.331.
Se sostuvo la aplicación de las normas constitucionales y convencionales en la materia y el derecho que tienen las mujeres a vivir libre de violencia.