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    Jubilaciones: avalan traspaso de fondos previsionales al Estado

    La Sala I de la Cámara de la Seguridad Social anuló una sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad de las normas que eliminaron el sistema de capitalización. Rechazó así el reclamo de un ex afiliado a una AFJP. Fallo completo

    La Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social anuló un fallo de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad de las normas que eliminó el sistema de capitalización y obligó a transferir al Estado fondos previsionales.

    La causa se inició por una acción de amparo presentada por un ex afiliado a una AFJP, para que se declare la inconstitucionalidad de la ley 26.425 y de los decretos 2104/08, 2103/08 y 2105/08, y se ordene el traspaso de fondos desde diciembre de 2008 a una compañía de seguros de retiro, como así también de los aportes futuros.

    El tribunal hizo lugar a un recurso de apelación contra aquella sentencia, y destacó que la finalidad del fondo de jubilaciones y pensiones previsto en la ley 24.241 era la de cubrir las prestaciones previstas en la ley al momento de reunirse los requisitos y condiciones de acceso a las mismas.

    “Es decir que recién existe un derecho adquirido… cuando las prestaciones previsionales se incorporan al patrimonio, al producirse el otorgamiento del beneficio, no existiendo en cabeza del afiliado en actividad un derecho adquirido que genere la obligación por parte del Estado al mantenimiento de leyes o reglamentaciones… sino que sólo existe la expectativa a la percepción del beneficio una vez cumplidos los recaudos legales", agregó.

    El fallo lleva la firma de los camaristas Lilia Maffei de Borghi, Bernabé Chirinos y Victoria Pérez Tognola.

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