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La Cámara Federal de Apelaciones de Salta confirmó la medida cautelar dispuesta por un juez de primera instancia, que había ordenado a la empresa Gasnor SA abstenerse de efectuar cortes en el suministro de gas motivado por la falta de pago del nuevo cuadro tarifario de ese servicio, hasta tanto se resuelva el fondo de la cuestión, esto es la constitucionalidad de las normas que fijaron aumentos.
Fue en una causa iniciada por una acción de amparo contra el Estado nacional y el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas), donde se cuestionaron las tarifas aplicadas a partir del decreto 2067/08.