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La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Ana María Figueroa (presidenta), Mariano Hernán Borinsky y Gustavo M. Hornos, rechazó el recurso de revisión interpuesto por la defensa y convalidó la resolución que condenó a Daniel Edmundo Peralta a la pena única de 33 años de prisión y mantuvo la declaración de reincidencia.
La decisión fue tomada por los camaristas a la luz de la doctrina sentada en el fallo “Estévez” del más Alto Tribunal.
Por su parte, para arribar al quantum punitivo cuestionado, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 3 de San Martín unificó la condena de 14 años y 6 meses de prisión que le impuso por la comisión del delito de secuestro extorsivo agravado, por haberse logrado el propósito de rescate con la intervención de tres o más personas y mediante el uso de armas de fuego, en concurso real con el delito de robo agravado por el uso de armas de fuego, con aquellas condenas impuestas anteriormente a Peralta por los delitos de robo agravado, resistencia a la autoridad agravada, privación ilegal de la libertad agravada, tenencia ilegítima de arma de guerra y portación ilegítima de arma de guerra.