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La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó el recurso extraordinario interpuesto por una secretaria de un juzgado y, de ese modo, dejó firme la condena a indemnizar los daños y perjuicios que sufrieron los titulares de un depósito bancario, en razón de que fue percibido por desconocidos mediante una maniobra realizada con documentos falsos.
La condena fue impuesta a la funcionaria judicial -que debe responder solidariamente junto con el banco y el Estado Nacional, también condenados- por haber suscripto un oficio y un mandamiento de secuestro de la suma depositada a nombre de los demandantes, que había resultado afectada por el denominado “corralito financiero”, sin advertir que no existía causa judicial alguna en la que aquellos hubieran reclamado su restitución.
Se estimó que la falta de diligencia de la secretaria facilitó la maniobra fraudulenta preparada por desconocidos, y que se perfeccionó debido a que la entidad bancaria tampoco había controlado la autenticidad de la firma de los titulares de la cuenta, ni identificado a quien se presentó como abogado exhibiendo el mandamiento judicial apócrifo.