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La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, presidida por la jueza Ana María Figueroa e integrada por los jueces Mariano Hernán Borinsky y Gustavo M. Hornos, hizo lugar al recurso de casación interpuesto por el fiscal general y la Unidad de Coordinación del Plan de Transformación Productiva del Sector Tabacalero de la Provincia de Salta –por la parte querellante- contra la resolución de la Cámara Federal de Salta por la que se había declarado la nulidad de todo lo actuado en la causa.
Para resolver en ese sentido, la Cámara a quo entendió que la ausencia de requerimiento de instrucción por parte del representante de la acción penal -en los términos de los arts. 180 y 188 del C.P.P.N.- configuraba una nulidad absoluta, en tanto no había técnicamente causa penal, hecho punible delimitado ni determinación de la deuda.
En contraposición a ello, la Sala I de Casación afirmó que la acción penal tuvo su debido impulso fiscal teniendo en cuenta que el representante de la vindicta pública solicitó diversas medidas, a las que el juez hizo lugar, que terminaron convirtiéndose en prueba determinante para el avance de la investigación y consecuente sostén de la imputación.