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Según estadísticas de la Cámara Federal de la Seguridad Social, siete de cada diez causas ya ingresan al fuero vía web. Así, de los 5.357 expedientes que se sortearon entre el 16 y el 31 de agosto de este año, el 75,47 por ciento (4.043) ingresó por internet.
El secretario general de la cámara, Eduardo Chirinos, destacó el avance que el nuevo método significa y la agilización que representa en el tiempo de los trámites: “Si una causa se sortea por la Mesa de Entradas demora casi tres meses en ser asignada a un juzgado de primera instancia. Si el expediente se sortea vía internet, en no más de cuatro días lo tiene disponible el juez designado”.
El fuero de la Seguridad Social recibe expedientes por medio de tres vías: el sorteo a través de la Mesa General de Entradas, el inicio de demandas por internet y las ejecuciones fiscales que ingresan a través de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), en las que ese organismo reclama a particulares por deudas previsionales. Este último caso también cuenta con ingreso de causas vía web.
En tanto, la cámara advierte que durante el 1º de febrero y el 31 de agosto de este año ingresaron al fuero de la Seguridad Social 63.065 nuevas causas, lo que representa un aumento del 110 por ciento con respecto al mismo período de 2008, cuando se sortearon 30.018 expedientes.
Otras medidas
Cabe recordar que entre las medidas incorporadas por el fuero para una mayor agilización de los trámites también se encuentra el sistema de poderes vía web, que entró en vigencia el pasado 31 de agosto y que permite ingresar los datos del acta poder, generándose un “talón” que deberá ser entregado al poderdante, para que acredite identidad en la Oficina de Poderes de la cámara.
Además, a partir del 1º de septiembre, el fuero de la Seguridad Social de la Capital Federal implementó un sistema de consultas por Internet de saldos bancarios en causas previsionales. El mecanismo permite recibir información inmediata sobre el saldo de una cuenta, sus movimientos y las medidas trabadas sobre ellas. Es decir, el juzgado antes de ordenar la orden de pago puede consultar por Internet si existen los fondos necesarios y que no tengan, por ejemplo, un embargo que impida su libramiento.