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La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Juan Carlos Gemignani –presidente-, Gustavo M. Hornos y Mariano Hernán Borinsky, anuló la resolución de la Cámara Federal de Tucumán por la cual había confirmado el sobreseimiento de los responsables de la empresa “Azucarera J.M. Terán”, a cargo del ingenio azucarero Santa Bárbara, a los que se acusaba de haber vertido productos tóxicos al Río Chico perteneciente a la cuenca Salí-Dulce.
La Justicia federal de Tucumán consideró que no se había podido acreditar que los residuos arrojados resultaban peligrosos para la salud pública. La Cámara Federal de Casación Penal por su parte puntualizó que a partir de la reforma constitucional del año 1994 quedó definido que la protección del medio ambiente constituye un derecho humano fundamental que atañe a la sociedad toda, y a las generaciones por venir.
Señaló que la salud humana está estrechamente relacionada con el medioambiente que nos rodea y que el agua potable y limpia representa una cuestión de primera importancia, porque es indispensable para la vida humana y para el desarrollo de los habitantes.
Concluyó que el medio ambiente y la salud pública se encuentran íntimamente relacionados, por cuanto la gradual destrucción del ecosistema en el que vivimos tiene como efecto inmediato el deterioro de la salud humana.