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La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Ana María Figueroa (presidente), Mariano Hernán Borinsky y Gustavo M. Hornos, rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa contra la sentencia de condena impuesta por el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 18 de la Capital.
En el hecho investigado el imputado interceptó a la víctima, que caminaba por la calle en las inmediaciones de la estación Liniers, y a fin de sustraerle su billetera y celular le introdujo una navaja en el abdomen, provocándole una profunda herida.
La defensa había cuestionado que el suceso fue encuadrado en la figura de lesiones gravísimas criminis causae, como así también la pena dictada.
La Casación ratificó el fallo en cuanto a su calificación legal, considerando que el tribunal sentenciante tuvo en cuenta que las lesiones infligidas por el acusado “han interesado seria y definitivamente varios órganos esenciales de la víctima, fundamentalmente el hígado” lo que le ha generado “graves dificultades para producir funciones vitales, manteniendo hasta ahora parte de sus vísceras sostenida por una malla que las contiene”.
Con respecto a la pena de diez años de prisión, la Casación sostuvo que su individualización había sido debidamente fundamentada por el tribunal al ponderarse las circunstancias en que ocurrió el hecho, en especial, el grado de violencia innecesaria desplegado sobre la víctima y la extensión del daño ocasionado en la salud de ésta.