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El juez Adolfo Gabino Ziulu, a cargo del Juzgado Federal N° 2 de La Plata, rechazó este jueves el dictado de una medida cautelar de no innovar solicitada contra el Estado Nacional y el Ente Nacional Regulador de la Electricida (ENRE) con el fin de que se decrete la nulidad de las resoluciones n° 6/16 y 7/16 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación y la Resolución 1/2016 del ENRE.
La medida había sido solicitada en una acción de amparo iniciada por un grupo de diputados de la Provincia de Buenos Aires en el expediente FLP 1319/2016 “Abarca, Walter José y otros c/ Estado Nacional - Ministerio Energía y Minería y otro s/ Amparo Ley 16.986”; demanda a la que adhirieron el defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires, el Partido Justicialista de la Provincia de Buenos Aires y el Club Social y Deportivo 12 de Octubre.
La pretensión cautelar ha sido rechazada en virtud de no reunirse los presupuestos del art. 230 del C.P.C.C.N.; los arts. 1, 13 y 15 de la ley 26.854 y teniendo en consideración prima facie la índole de la materia en debate, la preservación del principio de la división de poderes y la insuficiencia de la prueba acompañada; ello sin perjuicio del criterio que se adopte en la sentencia definitiva de la instancia.
“Respecto al interés público, no corresponde sustraerse a la realidad de una grave crisis energética y las eventuales consecuencias que derivarían de una medida cautelar con los alcances que pretenden los accionantes”, señala la resolución.
Agrega que “la producción, el transporte y la distribución de la energía eléctrica constituyen instrumentos estratégicos para el progreso del Estado y el bienestar de sus habitantes, generando un derecho en éstos de un acceso digno, sin el cual se afectan derechos sustanciales como la salud, la educación y la cultura”.
Y refiere a que el control de legalidad por parte del Poder Judicial de los actos estatales ha de ejercerse “con extrema prudencia evitando que una decisión apresurada y carente de una sólida información técnica pueda tener la disvaliosa consecuencia, no sólo de obstaculizar la solución de la crisis, sino, incluso de agravarla”.