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La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Ángela E. Ledesma, Pedro R. David y Alejandro W. Slokar, por unanimidad, resolvió declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por la querella, en el proceso en el que se denunció al periodista Daniel Santoro y/o Arte Gráfico Editorial Argentino S.A. por la presunta comisión del delito previsto en el art. 22 de la ley 25.246.
Con esta decisión, se confirma la desestimación de la denuncia formulada contra el periodista de referencia en razón de la publicación de dos notas en el Diario Clarín, en la que se habría consignado información confidencial, que habría sido extraída de un Reporte de Operación Sospechosa que estaría tramitando ante la Unidad de Información Financiera.
Con el fallo, la casación reafirmó en el caso el principio que establece el resguardo de la libertad informativa en un proceso contra un periodista.