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A continuación, el informe de la Cámara Federal de Casación Penal:
En vísperas del 40º aniversario del golpe cívico-militar los jueces de la Cámara Federal de Casación Penal, doctores Alejandro W. Slokar, Ana María Figueroa, Angela E. Ledesma, Pedro R. David, Gustavo Hornos, Mariano H. Borinsky, concurrieron al Sitio ubicado en el predio del Espacio Memoria y Derechos Humanos (Ex ESMA), donde durante la dictadura cívico militar (1976-1983) funcionó la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA), uno de los emblemáticos centros clandestinos de detención, tortura y exterminio, en el que fueron desaparecidas alrededor de cinco mil personas, quienes, en su mayoría, fueron arrojados vivos al mar en “los vuelos de la muerte”.
Ese centro clandestino, emplazado en plena ciudad de Buenos Aires (Avda. del Libertador), tuvo su núcleo operativo en el Casino de Oficiales, un edificio destinado originalmente al esparcimiento y descanso de los marinos, donde hoy se ha montado una muestra museográfica.
A partir del fallo dictado por la Sala II de esa Cámara, luego confirmado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, se encuentra firme el primer tramo de la “Mega Causa” en la que se juzgaron los hechos cometidos en la Ex ESMA y fueron condenados a prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua los imputados Alfredo Ignacio Astiz, Jorge Eduardo Acosta, Ricardo Miguel Cavallo, Antonio Pernías, Raúl Enrique Scheller, Jorge Carlos Radice, Adolfo Miguel Donda, Alberto Eduardo González, Néstor Omar Savio y Ernesto Frimón Weber; como así también Manuel Jacinto García Tallada y Juan Carlos Fotea, a penas de 25 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua; Carlos Octavio Capdevilla a 20 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua y Juan Antonio Azic a la pena de 18 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua.
Los hechos que allí se tuvieron por probados abarcaron una multiplicidad de secuestros, torturas, homicidios y aun apoderamiento de bienes, que tuvieron, entre otras víctimas, al escritor y periodista Rodolfo Walsh. En ese caso, el tribunal confirmó la consumación de su muerte en manos de oficiales de la Unidad de Tareas que funcionaba en la ex ESMA durante un operativo en el que formaron parte entre veinticinco y treinta personas.
Asimismo, se acreditaron los eventos conocidos como “Iglesia de la Santa Cruz”, ocurridos entre el 8 y 10 de diciembre de 1977, que damnificaron a familiares y allegados de desaparecidos que trabajaban en pos de su búsqueda. Entre ellos se encuentran las religiosas francesas Leonnie Henriette Duquet y Anne Marie Jeanne Domon y las “Madres fundadoras”: Mary Bianco, Esther de Careaga, Azucena Villaflor de De Vicenti y Thelma Jara de Cabezas.
En esa oportunidad, con invocación de jurisprudencia de diversos tribunales internacionales, se reafirmó el carácter de lesa humanidad de los robos y los desapoderamientos de bienes privados, como así también se confirmó el hecho de que la expresión “traslado”, utilizada por el plan ilegal, refería al destino fatal de las víctimas.
Otro punto destacable del fallo fue que allí se aplicó la doctrina de “empresa criminal conjunta”, descartando la teoría de la “dirección específica” -como elemento adicional exigido en la participación criminal- desarrollada en el fallo “Perišić” del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia; doctrina que sortea los impedimentos que se suelen alzar contra el avance de las causas en las se investiga la complicidad civil durante la dictadura.
Es dable resaltar también que la Cámara Federal de Casación Penal, ha dictado una serie de “Reglas Prácticas” (Acordada Nº 1/12 de ese Cuerpo), a “fin de facilitar el debido cumplimiento de las funciones jurisdiccionales y posibilitar una mayor dinámica y operatividad a las normas procesales en vigor, dentro del marco legal expresamente establecido”, aplicables específicamente a procesos complejos como son los juicios por crímenes de lesa humanidad.