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La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Mariano Hernán Borinsky (presidente), Juan Carlos Gemignani y Gustavo M. Hornos, confirmó, por mayoría, la condena por contrabando de exportación de divisas dictada por el Tribunal Oral en lo Penal Económico Nº 3 de la Capital Federal.
La conducta llevada a cabo por el imputado consistió en el intento de salir del país desde el Aeropuerto Internacional de Ezeiza con destino a la ciudad de Santiago de Chile llevando en su equipaje de mano la suma de 100.450 dólares estadounidenses sin haber sido declarados.
Los argumentos para la confirmación de la condena se centraron en que el dinero es mercadería susceptible de ser objeto de contrabando y que el imputado a sabiendas de la prohibición establecida por la normativa vigente, omitió declarar la suma que transportaba con la clara intención de burlar el control aduanero.