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La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Liliana Catucci, Eduardo Riggi y Mariano Borinsky, rechazó el recurso extraordinario contra la sentencia de esa Sala, de fecha 11 de noviembre de 2014, que confirmó la condena de Gabriel Giménez a la pena de doce (12) años y seis (6) meses de prisión, por ser coautor responsable del delito de transporte de estupefacientes doblemente agravado por la participación de tres o más personas y su condición de funcionario público encargado de la prevención; y a Carlos Alberto Gallardo a la pena de trece (13) años de prisión, por ser coautor responsable del delito de transporte de estupefacientes doblemente agravado por la participación de tres o más personas y su condición de funcionario público encargado de la prevención, en concurso real, con el delito de resistencia a la autoridad.
En dichas actuaciones los imputados, funcionarios policiales de la provincia de Salta, Gabriel Gimémez y Carlos Alberto Gallardo, fueron condenados por el hecho consistente en haber transportado dos mochilas que en su interior contenían envoltorios cilíndricos tipo “tiza” en un total de 50,355 kgs. de cocaína, envueltas con una bolsa de arpillera perteneciente a una empresa azucarera de la localidad de Tarija -Bolivia-, desde la localidad de San Ramón de Nueva Orán hasta las inmediaciones de General Güemes, provincia de Salta.