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De acuerdo a lo dispuesto por la ley 27.080, la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal, creada por esa disposición, es el órgano que ejercerá, entre otras funciones, aquellas que hasta su entrada en vigencia prestaba el Patronato de Liberados.
La norma prevé la creación de cargos y la incorporación de los empleados de ese instituto a la Dirección mencionada de acuerdo a las condiciones propuestas por una Comisión de Supervisión integrada por los presidentes de Cámara con competencia en materia penal con asiento en la Capital Federal, que deben contar con la aprobación de este Tribunal.
La Corte, con fecha 22 de septiembre del corriente año, requirió con carácter de urgente al Consejo de la Magistratura que informe si contaba con las partidas presupuestarias para afrontar el gasto correspondiente y si estaban dadas las condiciones edilicias necesarias para su funcionamiento. El Consejo dio respuesta al requerimiento el 19 de octubre, limitándose a los aspectos financieros, y señaló que se incorporaron al presupuesto del presente ejercicio los créditos y recursos necesarios para afrontar el gasto.
Ante la falta de respuesta respecto de los aspectos edilicios, con fecha 22 de octubre, la Secretaría General y de Gestión del Tribunal reiteró la consulta al Consejo de la Magistratura y, en esta oportunidad le dio intervención a la Comisión de Supervisión.
En esta instancia, y previo a la consideración por parte del Tribunal respecto de la habilitación de los cargos, se encuentra pendiente la respuesta tanto del Consejo de la Magistratura como de la Comisión de Supervisión.