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La Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó un fallo de primera instancia que no hizo lugar a una medida cautelar, por la que un ex afiliado a una AFJP pretendió impedir la transferencia a la ANSES de los fondos acreditados en su cuenta de capitalización individual.
Para los jueces Nora Carmen Dorado y Luis René Herrero (Emilio Fernández, según su voto), el planteo no cumple con uno de los requisitos formales que prevé el Código de Procedimientos, puesto que “el derecho de propiedad que alega el pretensor sobre los fondos depositados no alcanza para configurar la ‘verosimilitud del derecho’ necesaria para la procedencia de la medida solicitada”.
Sin embargo, los magistrados señalaron que la cuestión planteada será analizada en el proceso principal, cuando se resuelva el fondo de la cuestión.