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La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la sentencia de cámara que había rechazado la demanda de daños y perjuicios dirigida contra las empresas Massalin Particulares S.A., Nobleza Piccardo S.A. y el Estado Nacional, interpuesta por la cónyuge y las hijas de una persona que falleció como consecuencia de una enfermedad pulmonar, que -según adujeron las demandantes- había contraído debido al habito de fumar desde su juventud.
Para decidir de ese modo, la Corte señaló que el informe médico producido en el expediente se limitaba a hacer consideraciones generales sobre los distintos tipos de cáncer de pulmón, el tabaquismo como factor de riesgo para adquirir esa enfermedad y la adicción al tabaco como enfermedad.
Sin embargo -destacó el Tribunal- el peritaje era insuficiente para demostrar la relación causal entre el consumo de cigarrillos por parte del causante y el carcinoma bronquioloalveolar que padeció, pues la perito no solamente no hizo referencia alguna a las circunstancias particulares del fallecido (cuánto fumaba; si ese hábito pudo, y en que medida, causarle un cáncer del tipo descripto, etc.), sino que, además, al enumerar los tipos de tumores, manifestó -en forma abstracta y sin mayores explicaciones- que tal clase de carcinomas no suelen tener relación con los antecedentes tabáquicos.
Por tal motivo y ante la falta de otras pruebas vinculadas concretamente con el caso bajo examen, estimó insuficientes las afirmaciones de las demandantes en el sentido de que, en general, el cigarrillo puede causar cáncer de pulmón.