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    Caso Mariano Ferreyra: la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena de José Pedraza a 15 años de prisión

    La Sala III del máximo tribunal penal federal, por mayoría, mantuvo las penas impuestas en el juicio oral con excepción de las fijadas a los comisarios Luis Mansilla y Jorge Ferreyra, a quienes les impuso la pena de 10 años y 8 meses de prisión

    La Cámara Federal de Casación Penal en la fecha definió por mayoría la situación procesal de les encartados en la causa nº40825/2010 caratulada “Favale, Cristian Daniel y otros s/recurso de casación”, cuyo objeto procesal fuera el homicidio de Mariano Ferreyra y la tentativa de homicidio de Elsa Rodriguez, ocurridos el 20 de octubre de 2010.

    Ese día tras las manifestaciones de los empleados tercerizados del ferrocarril Roca junto con agrupaciones políticas de apoyo, mientras se iban alejando del lugar, fueron atacados por grupos de trabajadores ferroviarios y afines convocados y organizados por la Unión Ferroviaria, en general con piedras, con excepción de un grupo que utilizó armas de fuego.

    La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los señores jueces doctores Liliana E. Catucci, Mariano H. Borinsky y Juan Carlos Gemignani, resolvió por mayoría conformada por los votos de los dos últimos Magistrados  mantener las penas impuestas por el Tribunal Oral en lo Criminal Nº21 con excepción de los Comisarios Luis Mansilla y Jorge Ferreyra a quienes se les impuso la pena de 10 años y 8 meses de prisión, a raíz de la aplicación de la agravante prevista en el artículo 41 bis del Código Penal.

    La doctora Liliana Catucci, en su voto preopinante consideró a la autoridad gremial de esa formación, Juan Carlos Fernández como el máximo responsable de los sucesos, a Pablo Díaz como su coordinador y a Cristian Favale y Gabriel Sánchez como dos de los ejecutores. Jorge González y Francisco Pipitó intervinieron en el hecho mismo y además trataron de evitar con amenazas la difusión televisiva del episodio por parte del equipo periodístico de la señal C5N integrado por Gabriela Carchak, Gustavo Farías y Marcelo Polito. Para todos ellos propuso la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio agravado –art. 80 inc. 6 del CP-.

    En cuanto a José Pedraza, entendió que su condena era fruto de un argumento de pura autoridad del Tribunal de Juicio sin sustento en prueba objetiva de su responsabilidad, con el grado de certeza propio de un juicio de condena.

    Por último, consideró que los Comisarios Ferreyra y Mansilla debían ser condenados por incumplimiento de los deberes a su cargo, toda vez que ninguna prueba permitió siquiera suponer que hubieran tenido conocimiento previo de los ataques masivos preparados por los otros.

     

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