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La jueza Viviana Karina Kalafattich, del Tribunal de Familia de la provincia de Formosa, decretó en una misma audiencia el divorcio de una pareja y al no existir acuerdo sobre sus efectos (atribución de vivienda, distribución de bienes, etc.) les hizo saber que al respecto deberán iniciar una causa autónoma, de acuerdo al nuevo Código Civil y Comercial.
Se trata de una mujer y un hombre que habían iniciado una demanda de divorcio antes de la entrada en vigencia del nuevo Código. La magistrada los citó a una audiencia, donde les hizo saber que si bien ambos solicitaron el divorcio según la normativa anterior, “actualmente rige un procedimiento más acotado e incausado, es decir que ya no se juzga quien es culpable de la separación”. En el mismo acto, ambos cónyuges ratificaron su deseo de divorciarse.
Asimismo, y al no existir acuerdo entre las partes sobre el convenio regulador que exige el art. 439 del Código Civil y Comercial (que debe contener entre otras cuestiones las relativas a la atribución de la vivienda, la distribución de los bienes, y las eventuales compensaciones económicas entre los cónyuges), la jueza les hizo saber que al respecto deberán iniciar causa autónoma, dictando sentencia de divorcio.