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La Corte Suprema de Justicia, en una sentencia suscripta por los Dres. Lorenzetti, Highton de Nolasco y Maqueda, declaró su incompetencia para entender en una causa en la que la provincia de Santiago del Estero solicitaba la declaración de validez y eficacia de la ley 22.742, que fijó los límites entre ambos estados locales, y de inconstitucionalidad de un artículo de la Constitución de Catamarca que desconocía expresamente esa ley (expediente S.305 “Santiago del Estero c/ Catamarca”).
El Alto Tribunal señaló que en 1983 se había dictado la ley 22.742 que fijó el límite entre las provincias de Santiago del Estero y Catamarca y que se encontraba suspendido el amojonamiento por dificultades en la implementación.
Agregó que, no obstante ello, en 1989 Catamarca dictó su nueva Constitución desconociendo expresamente validez a la ley.
Finalmente, la Corte indicó que desde 1983 se presentaron distintos proyectos en el Congreso Nacional, algunos proponiendo la ratificación expresa de la mencionada ley, y otro, para derogarla.
Estas circunstancias llevaron al Tribunal a entender que la decisión de la causa podía importar el desconocimiento de los límites fijados por la ley 22.742 y ello implica expedirse en torno de la fijación de los límites interprovinciales, materia que es ajena al Poder Judicial y propia del Congreso Nacional.