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El Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 21, Secretaría N° 165 comunica que por ante este Tribunal tramitó la causa N° 18836/15, iniciada el día 6 de abril de 2015 por ante la Seccional 31ª de la PFA. Que habida cuenta la gravedad de los hechos denunciados y con el objeto de evitar futuros planteos nulificantes; habiéndose corroborado de manera fehaciente la participación de menores de edad y previo a realizar las medidas urgentes preservando a la menor damnificada (ratificación de declaración del padre de la menor damnificada; solicitud de informes médicos al Hospital Posadas y al Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional; la realización de una Cámara Gesell en los términos del Art. 250 bis del CPPN, solicitud de datos del presunto menor involucrado al Colegio San Andrés, etc); el día 9 de abril de 2015, este Tribunal resolvió DECLARAR LA INCOMPETENCIA y remitirla a c onocimiento del Juzgado Nacional de Menores N° 1, Secretaría N° 3; siendo recibida en dicha judicatura, el día 17 de abril de 2015; cesando definitivamente la intervención de este Juzgado de Instrucción N° 21 en dichas actuaciones. Se deja constancia que entre las medidas urgentes oportunamente realizadas por este Tribunal, no se ordenaron los registros domiciliarios que tomaron conocimiento público.
Buenos Aires, a los 29 días del mes de julio del año dos mil quince