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La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Mariano Hernán Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Gustavo M. Hornos, confirmó el fallo dictado en 2014 por el Tribunal Oral en lo Criminal N° 6 de la Capital Federal que rechazó la suspensión del juicio a prueba solicitada por un agente inmobiliario imputado por los delitos de defraudación en concurso con usurpación.
Se trata del caso de un agente inmobiliario que acordó la venta de un departamento por la suma de doscientos mil dólares mediante la firma de un boleto de compraventa y que luego vendió dicho inmueble a un tercero perjudicando al comprador originario que había pagado el precio en su totalidad. Además, se le imputa el haber cambiado las cerraduras del apartamento e impedir el ingreso del comprador damnificado despojándolo de la posesión del bien.
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal convalidó el rechazo de la suspensión del juicio a prueba con fundamento en la ausencia de un ofrecimiento de reparación al damnificado que resulte razonable en atención al perjuicio ocasionado y a la capacidad económica del imputado.