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El Tribunal Oral en lo Criminal N° 21 de la Capital, integrado por los jueces Diego Barroetaveña –presidente-, Enrique Gamboa y Darío Medina –vocales-, condenó a 4 años de prisión a un acusado en un caso de violencia de género.
Los jueces consideraron al imputado como autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa en concurso real con privación ilegal de la libertad agravada por el uso de violencia en concurso material con robo.
Según informaron desde el tribunal, la víctima había mantenido una relación sentimental con el acusado y fue víctima de dos hechos:
Hecho 1: “El 15-11-13 en el domicilio que habitaba la mujer Zárraga XXXX, cuando iba a entrar a su casa, Biondi la agredió por atrás, arrebatándole el juego de llaves de la casa y se dio a la fuga por la calle Heredia, en tanto la damnificada lo perseguía reclamándole la restitución de las llaves. Lo que sigue es toda una reyerta en una plaza de Heredia y Giribone. Luego el imputado lleva a la mujer a la casa de su medio, Héctor Monte, en Estomba XXXX, donde tiró un colchón al piso y obligó a que la mujer se desvistiera. Por tanto batifondo, Monte se despierta. Biondi llevó a la mujer a un baño y se puso a conversar con Monte. Pareciera que las llaves de la casa de la mujer fueron recuperadas en algún momento por ella, forcejeo mediante, y luego, volvieron a manos del agresor. M.R.S.M. consigue evadirse y toma un taxi en Elcano y Triunvirato, para dirigirse a su casa a la que llega a las 3 de la mañana. Su cuñado, A.C. le franquea la entrada al domicilio, dado que ella no tenía llaves. Al día siguiente, cuando iba al Hospital Lagleyze, porque de la reyerta quedó muy lastimada de un ojo, se lo cruzó a Biondi que viajaba en un taxi y éste le arrojó las llaves de su casa. Luego de este hecho, volvieron a encontrarse en algunas oportunidades la víctima y el victimario”.
Hecho 2: “El 29-1-14, M.R.S.M. y Biondi se encontraron casualmente en la estación de subte Caseros (Línea “H”) y fueron a comer una pizza a Rondeau y Pichincha. Allí, Biondi le efectuó insinuaciones para ir a un hotel alojamiento, pero como M.R.S.M se negó, el hombre se enojó. Al salir del negocio, en la esquina de Rondeau y Pichincha, Biondi Smith le arrebató su teléfono celular, que llevaba en su mochila. La damnificada le pidió que se lo devolviera y que ella le daría otro objeto de valor a cambio. Biondi, además, le sacó 200 pesos de la billetra y un botón antipánico que le habían proporcionado a la víctima el 16-11-13. Tras ello, se dio a la fuga”.
A continuación, la parte resolutiva del fallo:
“I.- CONDENAR a MARIO JOSÉ BIONDI SMITH, cuyos demás datos personales obran precedentemente, por ser autor penalmente responsable de los delitos de ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL EN GRADO DE TENTATIVA EN CONCURSO REAL CON PRIVACIÓN ILEGAL DE LA LIBERTAD AGRAVADA POR EL USO DE VIOLENCIA EN CONCURSO MATERIAL CON ROBO (hecho 1) LOS QUE CONCURSAN MATERIALMENTE CON ROBO (hecho 2), a la pena de CUATRO AÑOS de prisión, accesorias legales y costas.
Rigen los arts. 403, 530, 531 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación y 5, 12, 29 inc.3º, 40, 41, 42, 44, 45, 55, 119, párrafos 1° y 3°, 142 inc. 1° y 164 del Código Penal.”